El Nuevo Proyecto de Ley KAAA Fix – Entendiendo la Distribución Equitativa y la Apreciación Pasiva
La Nueva Ley de Corrección Kaaa (New KAAA Fix Bill) permite que los bienes no matrimoniales que se hayan apreciado durante el matrimonio queden sujetos a distribución equitativa.
Primero, profundicemos en lo que realmente significa la Distribución Equitativa de Activos y Pasivos Matrimoniales. Cuando comienza un proceso de divorcio, el Tribunal analiza los activos y pasivos adquiridos por la pareja durante su matrimonio. Un ejemplo de un activo sería una casa, o un vehículo, comprado durante el matrimonio. Un ejemplo de pasivos sería una deuda contraída por cualquiera de las personas durante el matrimonio, como una deuda de tarjeta de crédito. Para que cualquiera de estos sea distribuido equitativamente por el Tribunal en un divorcio, el activo o pasivo debe ser matrimonial. La propiedad matrimonial es aquella que se ha adquirido mientras la pareja estaba casada. Tradicionalmente, cualquier propiedad adquirida antes del matrimonio es no matrimonial y se consideraría propiedad separada, la cual no puede ser dividida por el Tribunal de Familia.
Históricamente, Florida ha tenido un sistema de doble propiedad. Este sistema clasifica qué propiedad es matrimonial o no matrimonial (separada). Sin embargo, este sistema fue cuestionado en 2010 por la decisión de la Corte Suprema de Florida en Kaaa v. Kaaa. La opinión en Kaaa v. Kaaa llevó a la aprobación del Proyecto de Ley de la Cámara No. 639, mejor conocido como la Ley de Corrección KAAA (KAAA Fix Bill). El proyecto de ley se presentó por primera vez el 13 de noviembre de 2017 y fue aprobado el 21 de marzo de 2018. El 1 de julio de 2018 entró en vigencia.
Kaaa v. Kaaa
Para entender la Ley de Corrección KAAA, primero debemos entender los hechos y la decisión de Kaaa v. Kaaa. Joseph Kaaa y Katherine Kaaa se casaron en 1980. Seis meses antes del matrimonio, Joseph compró una casa en Riverview, Florida. La casa se compró por $36,000, de los cuales Joseph hizo un pago inicial de $2,000. Después de casarse, se utilizaron fondos matrimoniales para pagar la hipoteca de la casa. También se utilizaron fondos matrimoniales para mejorar la casa. La pareja agregó una cochera a su hogar. La casa fue refinanciada varias veces durante el matrimonio, pero a Katherine nunca se le otorgó un interés en la propiedad.
Los Kaaa eventualmente solicitaron el divorcio. En la audiencia final celebrada en 2007, la pareja estipuló que la casa tenía un valor de $225,000 con un saldo hipotecario restante de $12,871.46. El Tribunal de Primera Instancia concluyó que la casa era propiedad premarital de Joseph y que Katherine solo podía recibir el valor de la mejora de la casa, ya que dicho valor aumentó durante su matrimonio. La mejora fue valorada en $36,679. Katherine apeló la decisión del Tribunal de Primera Instancia.
En la apelación, Katherine argumentó que la apreciación del hogar matrimonial que se acumuló durante el matrimonio estaba sujeta a distribución equitativa. En otras palabras, el valor de la casa aumentó durante el matrimonio, por lo que dicho monto debería dividirse equitativamente entre ambos.
1 Kaaa v. Kaaa, 58 So. 3d 867, 869 (Fla. 2010)
2 Este aumento de valor también se denomina Apreciación Pasiva
La Corte Suprema de Florida estuvo de acuerdo con Katherine. El Tribunal afirmó que, dado que la hipoteca se pagó con fondos matrimoniales y todas y cada una de las mejoras y ampliaciones se realizaron durante el matrimonio, la apreciación que recibió la casa debía distribuirse equitativamente. Además, la casa aumentó de valor debido a la inflación y al valor de mercado que ocurrieron durante los 27 años que la pareja estuvo casada.
La Ley de Corrección KAAA
La Ley adoptó parcialmente la decisión en Kaaa. La Ley ahora establece condiciones para la apreciación pasiva. Si se utilizaron fondos matrimoniales para pagar cualquier cosa relacionada con una propiedad no matrimonial, y el resultado es una apreciación de la propiedad, dicha apreciación (apreciación pasiva) está sujeta a distribución equitativa. Todos los ingresos que cualquiera de los cónyuges obtenga durante el matrimonio y que se utilicen para aumentar el valor de la propiedad no matrimonial se tratan como matrimoniales. No hay ninguna condición establecida en la Ley que requiera que el cónyuge no propietario contribuya activamente a la apreciación de la propiedad no matrimonial.
La Ley establece una fórmula y directrices para determinar el monto que debe distribuirse equitativamente.
Las condiciones que establece la Ley son las siguientes:
- La propiedad no matrimonial se mejoró en valor y se apreció durante el matrimonio;
- Esto fue el resultado de los esfuerzos de cualquiera de las partes durante el matrimonio, o;
- De la contribución o el gasto de fondos matrimoniales u otras formas de activos matrimoniales.
Fórmula:
Paso 1
- La Apreciación Pasiva se determina tomando el valor de la propiedad en la fecha del matrimonio o en la fecha de la compra, lo que ocurra al último, y restándolo del valor de la propiedad en la fecha del proceso de divorcio.
- Se resta cualquier apreciación activa (cualquier contribución de cualquiera de los cónyuges que contribuya al crecimiento del valor de la propiedad, como pagos de hipoteca, la adición de una sección a la propiedad, o cualquier renovación o mejora) y se resta cualquier gravamen adicional incurrido durante el matrimonio.
Paso 2
- Tomar el pago total del principal de fondos matrimoniales de todos los pagarés e hipotecas garantizados por la propiedad (este es su numerador)
- Tomar el valor de la propiedad en la fecha del matrimonio (este es su denominador)
- Dividir el numerador por el denominador
El resultado es el porcentaje de la Apreciación Pasiva que es matrimonial
Paso 3
- Multiplicar el monto del Paso 1 por el porcentaje del Paso 2
Paso 4
- El monto del Paso 3 -más- la hipoteca pagada durante el matrimonio -más- cualquier apreciación activa
3 La Apreciación Pasiva significa el crecimiento en valor que causa la inflación o las fuerzas del mercado.
El Total del Paso 4 es el monto de la apreciación pasiva matrimonial sujeta a distribución equitativa.