LLCs en Florida: Delineando los Deberes Fiduciarios de Miembros y Administradores

LLC de Florida: Descripción de los deberes fiduciarios de los miembros y gerentes

No hay duda de que una sociedad de responsabilidad limitada ("LLC") suele ser la estructura empresarial preferida entre las personas que buscan ser propietarias de un negocio en Florida. Algunas de las razones de ese trato preferencial se deben a la flexibilidad de la estructura de la LLC, que proporciona la elasticidad de una sociedad (partnership) con la protección de activos de una corporación. Además, bajo una estructura de LLC, los miembros no solo se benefician de la protección de responsabilidad, sino que la estructura de la LLC también permite a sus miembros utilizar el estatus de tributación de "traspaso" (pass-through) de la LLC. La estructura de la LLC realmente proporciona a sus miembros lo mejor de ambos mundos. Además, la flexibilidad de gestión que se otorga a las LLC significa que estas pueden modificar las reglas predeterminadas establecidas por la ley (con algunas excepciones menores) dentro del acuerdo operativo. El acuerdo operativo también puede modificarse o enmendarse conforme cambien las necesidades de la LLC a lo largo del tiempo.

Sin embargo, como ocurre con la mayoría de las estructuras corporativas, los miembros y gerentes de la LLC están sujetos a una limitación de su autoridad y tienen el deber fiduciario de siempre mantener presente el interés de la empresa.

Deberes fiduciarios

En Florida, una LLC puede estructurarse como administrada por un gerente (manager-managed) o administrada por sus miembros (member-managed). En una LLC administrada por un gerente, los miembros votan para designar a uno o más gerentes que dirijan las actividades y los asuntos de la empresa, mientras que los miembros adoptan un papel más pasivo. En una LLC administrada por sus miembros, todos los miembros participan en la gestión y los asuntos de la empresa.

Sin embargo, la diferencia entre las dos estructuras solo afectará el proceso de toma de decisiones de la empresa, pero no los deberes fiduciarios que se deben a sus miembros y acreedores. Los deberes fiduciarios de la LLC se refieren a las responsabilidades que se esperan de los miembros, gerentes u otros representantes de los intereses de la empresa; y aquellos a quienes se les encarga la responsabilidad de dirigir la LLC tienen tanto el deber fiduciario de lealtad como el de diligencia bajo la ley de Florida.

Deber fiduciario de diligencia

El deber fiduciario de diligencia se refiere a la responsabilidad de los miembros o gerentes de la LLC de abstenerse de participar en conductas gravemente negligentes o temerarias, mala conducta voluntaria o intencional, o una violación consciente de la ley. Fla. Stat. §605.04091(3) En otras palabras, el deber de diligencia exige que los miembros o gerentes siempre actúen de buena fe y en el mejor interés de la LLC al cumplir con sus obligaciones hacia la LLC y al dirigir sus actividades. Por ejemplo, si surge una transacción importante, un fiduciario debe actuar de manera razonablemente prudente al asesorar y evaluar los términos de la posible transacción.

Deber fiduciario de lealtad

Además del deber de diligencia, los miembros o gerentes también tienen el deber de lealtad hacia la LLC y sus miembros. Bajo el deber de lealtad, se espera que un miembro o gerente ponga el éxito y los beneficios de la LLC por encima de cualquier ventaja individual. Al demostrar lealtad hacia la LLC, un fiduciario debe evitar cualquier conflicto de interés entre los objetivos de la LLC y sus propias aspiraciones personales. Por ejemplo, si un fiduciario se entera de una oportunidad financiera rentable a través de sus tratos con la LLC, no puede intentar apropiarse de esa oportunidad para su propio beneficio personal.

Incumplimiento del deber fiduciario

En Florida, el incumplimiento de un deber fiduciario puede dar lugar a una reclamación de responsabilidad personal contra el fiduciario. Sin embargo, el demandante que presenta la reclamación contra un fiduciario por el incumplimiento de sus deberes debe probar que, en primer lugar, existía una relación fiduciaria. Además, el demandante debe demostrar el incumplimiento de dicho deber fiduciario y que dicho incumplimiento fue perjudicial para el demandante y/o la empresa. Una vez que esto se establece, el demandante puede recuperar daños en forma de compensación monetaria para recuperar las pérdidas del incumplimiento, así como una reparación preventiva que implique revertir una transacción o remover al fiduciario.

Existen muchas formas en las que un miembro o gerente puede incumplir su deber fiduciario hacia sus miembros, la empresa o incluso los acreedores. Muchos miembros y gerentes ni siquiera son conscientes del alcance de sus deberes fiduciarios, como los que se tienen hacia los acreedores, que suelen surgir cuando la empresa se encuentra en dificultades financieras, como en períodos de insolvencia o cerca de presentar quiebra.

Por lo tanto, es importante que consulte con un abogado que tenga experiencia en asuntos de deber fiduciario e incumplimiento del deber fiduciario para proteger sus intereses y obligaciones con la empresa. Nuestro despacho ofrece consultas presenciales y virtuales; si tiene alguna pregunta o inquietud sobre el tema de este blog o cualquier asunto de derecho empresarial, comercial o laboral (representación de empleadores/empresas), no dude en llamar o enviar un mensaje de texto a nuestra oficina al 305-460-0145 o programar una consulta en línea.

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